En el Tercer Suplemento del Registro Oficial 587 de 29 de noviembre de 2021, se publicó la Ley para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19. La ley contiene reformas tributarias, aduaneras, de inversión, en materia hidrocarburífera, en el ámbito bancario y financiero, entre otras.
En relación a las importaciones la normativa contempla:
• La base imponible para el cálculo de los derechos arancelarios será el valor en aduana de las mercancías importadas, excluido el flete.
• Se establece que la normativa aplicable para el cumplimiento de la obligación tributaria aduanera es la vigente a la fecha de embarque en las importaciones y a la fecha de ingreso a zona primaria, para las exportaciones.
Además, la ley contempla la posibilidad de realizar consultas previas de valoración aduanera y normas de origen. Ante esto el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE) señaló este 30 de noviembre de 2021 que está trabajando en adecuaciones al Sistema Informático ECUAPASS.
El objetivo es dotar a la plataforma de las herramientas necesarias para aplicar debidamente la normativa aprobada por la Asamblea Nacional del Ecuador.